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Transporte de animales domésticos


De acuerdo con los requisitos zoosanitarios brasileños, el CZI para entrada de perros y gatos en el País deberá contener las siguientes informaciones:

 
  1. Identificación del remitente del animal: nombre completo, dirección residencial (calle, número, ciudad, estado/provincia/departamento y país)
  2. Identificación del propietario del animal: nombre completo, dirección residencial (calle, número, ciudad, estado/provincia/departamento y país)
  3.  Identificación del animal: nombre, raza, fecha de nacimiento, tamaño, pelaje y señales particulares.
  4. Procedencia: nombre del país.
  5. Destino: nombre y dirección del destinatario.
  6. Informaciones sanitarias:
 
  • La vacunación anti-rábica será requerida para caninos y felinos mayores de tres meses de edad y deberá haber sido realizada, por lo menos, treinta días antes de la fecha de ingreso del animal, en el caso de primera vacunación y con validad de un año;
  • Animales provenientes de países declarados libres de rabia no necesitan presentar certificado de vacunación anti-rábica. En este caso, el CZI deberá especificar que el país es libre de la enfermedad;
  • En el certificado zoosanitario, deberá estar comprobado que el animal identificado ha sido examinado en los diez días anteriores al embarque, no presentando ninguna señal clínica de enfermedades propias de la especie;
  • En el caso de animales provenientes de países que declaran oficialmente, junto a la OIE, la presencia en su territorio de Peste Equina Africana y/o Fiebre del Valle de Rift, en el certificado deberán constar también las siguientes informaciones:

     (I) Que, en el lugar de origen y en un rayo de 50 (cincuenta) quilómetros de este, no han sido registrados casos de las enfermedades citadas en el "caput" del presente inciso en los últimos 3 (tres) años;.
     (II) que los animales no estuvieron, durante este período, en regiones afectadas por estas enfermedades.

     

    • Los animales que cumplieren con los requisitos anteriores no realizaran cuarentena de importación. En caso de sospecha de enfermedades infecto-contagiosas, zoonóticas o de alto riesgo, la autoridad veterinaria determinará las providencias que aseguren su aislamiento y correspondientes medidas sanitarias;
    • Los animales han sido acondicionados de modo adecuado y seguro para su transporte;

          7.   Sello oficial;

          8.   Fecha y lugar de emisión del CZI;

          9.   Firma, nombre y dirección del veterinario oficial.

    En el caso específico de países-miembros de la Unión Europea, además del CZI obligatorio, caso el propietario quiera volver a uno de estos países con el animal, los animales deben portar "transponder" (microchip) que esté de acuerdo con la Norma ISO 11784 o el Anexo "A" de la Norma 11785. 

    Se pueden utilizar otros modelos de "transponder", pero es importante subrayar que el interesado debe portar el lector de microchip, puesto que los agentes de la inspección trabajan apenas con lectores para los "chips" que estén en conformidad con la referida Norma ISO. Además, por la norma europea, los animales deben estar no solamente vacunados contra rabia, pero sus propietarios deben también presentar resultado de la prueba serológica de los animales para investigación de anticuerpos contra la rabia. 

    De lo contrario, no podrán volver a sus destinos por un período de 4 meses, tiempo mínimo necesario entre la extracción de sangre, realización de los análisis y embarque del animal. Una única prueba serológica vale por toda la vida del animal, siempre y cuando no se pierda el plazo de revacunación.

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